Más de 180 directores autores cinematográficos y audiovisuales, nucleados en la asociación Directores Argentinos Cinematográficos (DAC), hicieron pública su adhesión al proyecto de ley para que los directores de cine y televisión accedan a una jubilación, impulsado en la Cámara de Diputados por los legisladores del Partido Solidario Juan Carlos Junio y Carlos Heller.
Alejandro Agresti, Manuel Antín, Adolfo Aristarain, Juan José Campanella, Sandra Gugliotta, Juan José Jusid, Héctor Olivera, Marcelo Piñeyro, Luis Puenzo, Carlos Sorín, Juan Bautista Stagnaro, Lita Stantic, Eliseo Subiela, Damián Szifrón y José Martínez Suárez son algunos de los realizadores que apoyan la iniciativa que ya tiene estado parlamentario.
El proyecto de ley (Exp. N° 2930-D-15) prevé que los directores de cine y televisión de obras de ficción, documentales y animación reciban una jubilación, con el objetivo de retribuirlos por su aporte a la cultura nacional y, al mismo tiempo, reparar en términos de equidad las situaciones de injusticia y descuido que han padecido muchos de ellos.
De acuerdo a la letra del proyecto los beneficiarios recibirán “una asignación mensual, de carácter personal, intransferible y vitalicia, equivalente a tres veces el haber mínimo de las prestaciones a cargo del Régimen Previsional Público del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, instituido por la Ley 24.241, sus modificatorias y complementarias”.
El legislador Juan Carlos Junio, reconocido también por su labor como director del Centro Cultural de la Cooperación Floreal Gorini, expresó: “dado el crecimiento cultural que brinda el cine en nuestro país, creemos necesario e imprescindible el establecimiento de un régimen especial en materia de seguridad social, que atienda las particulares situaciones de quienes desarrollan y dirigen estas actividades”.
Para obtener la asignación, el proyecto de ley explicita que el beneficiario, al momento de la solicitud, deberá reunir como requisitos: “ser argentino, naturalizado o tener residencia permanente en la República Argentina con una antigüedad no inferior a quince (15) años”. También deberá “tener una edad mínima de 60 años las mujeres y 65 los hombres” y “acreditar una trayectoria pública y constante en la creación audiovisual no inferior a veinte años y haber realizado cinco obras cinematográficas o su equivalente en obras televisivas de creación propia o diez si incluyen coautoría artística, debidamente registradas y realizadas en lengua castellana o cualquiera de las lenguas originarias”.
La iniciativa prevé que los beneficiarios incorporados deben colaborar “a título personal y en la medida de sus posibilidades, con instituciones educativas y culturales, mediante el dictado o participación en conferencias, clases magistrales, jurados u otras actividades similares”.